Guía de trámites para autónomos

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Obligación general de facturar

La obligación se configura con carácter general respecto de los empresarios o profesionales sujetos tanto al régimen general como a los regímenes especiales del IVA, por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad (incluidas las no sujetas y las sujetas pero exentas de IVA, como puede ser el caso de servicios médicos o financieros); incluyendo los pagos anticipados.

Esta obligación implica el cumplimiento de los siguientes puntos:

  • Expedir y entregar factura u otros justificantes por las operaciones realizadas en el ámbito de una actividad empresarial o profesional.
  • Conservar copia o matriz de las facturas emitidas.
  • Conservar las facturas u otros justificantes recibidos de otros profesionales o empresarios por las operaciones de las que sean destinatarios y que se efectúen en el desarrollo de su actividad.

 

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