Guía de primeros pasos para ser autónomo
Como empresarios, los autónomos deben cumplir una serie de obligaciones contables y fiscales. Las obligaciones contables se ven reflejadas en los llamados Libros Contables donde se recogerá la información relativa a las operaciones resultantes por las compras y las ventas en un periodo concreto o sobre las inversiones realizadas:
No existe un formato oficial y pueden ser libros físicos o archivos y programas informáticos.
Dichos libros deben estar legalizados y diligenciados (validados), bien sellándolos en Hacienda el primer día de su actividad antes de hacer ninguna anotación en ellos, o bien, si el autónomo prefiere llevar estos datos a través de sistemas informáticos, presentando anualmente el Modelo 04.
Los autónomos tienen la obligatoriedad de presentar declaraciones fiscales trimestrales y anuales de IVA e IRPF.
Trimestralmente se debe presentar una declaración del IVA (modelo F69 -también se puede tramitar online desde navarra.es-) y otra de los pagos a cuenta del IRPF (Modelo 130 y Carta de Pago 717).
En caso de que se cuente con alquileres, empleados o profesionales subcontratados, trimestralmente se tendrán que abonar las retenciones que se hayan practicado.
El calendario de declaraciones trimestral es el siguiente:
Anualmente, más concretamente del 1 al 20 de enero, se deberá presentar una declaración general del IVA, un resumen de las operaciones superiores a 3.005 euros y un resumen de las retenciones practicadas.
Acceso al modelo de resumen anual del IVA.
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