Guía de primeros pasos para ser autónomo
A continuación, se deberá solicitar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Se trata de un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona afiliada.
La cuota de autónomos se calcula según una base previamente seleccionada y aplicándole un porcentaje de cotización. Estas cuantías varían y se actualizan de año en año. Las vigentes en 2010 son las siguientes:
La IT genera unas prestaciones en caso de baja laboral que son las siguientes:
Se puede optar por mejorar la cobertura de incapacidad temporal para los casos de accidente laboral y enfermedad profesional incrementando el tipo del 29.8% en base a una Tarifa de Primas establecida según el nivel de riesgo profesional.
Consecuentemente, el coste mínimo de autónomos que habrá de pagar será:
Los minusválidos se benefician de una cuota bonificada en un 50% durante los cinco años siguientes a la fecha de efectos del alta.
Para darse de alta en el RETA es preciso cumplimentar el Modelo TA 0521.
Además, necesitará presentar la siguiente documentación:
Es necesario elegir una Mutua en caso de cobertura por incapacidad temporal.
De cualquier modo, si nunca lo ha hecho y no está seguro de hacerlo correctamente, puede llamar al 901 50 20 00 y le explicarán los pasos que debe seguir para rellenar el modelo de solicitud.
En caso de querer solicitar la baja en el RETA, se deberán realizar los mismos pasos (los del cuarto punto de esta guía) pero señalando la opción de baja dentro del modelo.
En la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en sus respectivas administraciones.
Si está en el paro, cobrando la prestación, y pretende iniciar un negocio como autónomo, puede solicitar la capitalización del desempleo, también llamada pago único por desempleo. Con ello, podrá obtener la cuota resultante de lo que le queda de paro aún por cobrar como pago único para poder invertirlo en el negocio.
De este modo, esa cuantía se puede destinar a solicitar hasta un 60% (hasta un 80% en el caso de hombre menores de 31 años y mujeres menores de 36) de la misma para realizar compras, inversiones y gastos de puesta en funcionamiento y obtener el resto en pagar las cuotas de autónomos hasta que se acabe dicha cantidad.
Por ejemplo: Si su prestación por desempleo es de 6.000 euros, podría solicitar la capitalización por desempleo e invertir el 60%, 3.600 euros, en la compra de un equipo informático y el 40% restante, equivalente a 1.400 euros, en compensación de cuotas de Seguridad Social de autónomos. De este modo si la cuota de autónomos es de 350 euros los cuatro primeros meses estaría bonificada por esta modalidad de cobro del desempleo.
La solicitud de capitalización del desempleo se debe realizar previa al inicio de la actividad en el IAE.
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